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MEMORIA

 

   

MEMORIA JUSTIFICATIVA

 

1 OBJETO Y CONTENIDO DEL PLAN PARCIAL DE MEJORA

1.1. Objeto

El presente documento tiene por objeto el desarrollo del sector de suelo urbanizable 12-SU­R delimitado por el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Castellón y la modificación sexta del mismo, con el objeto de completar la ordenación pormenorizada de la zona.

El Título Preliminar del Anteproyecto de la Ley Urbanística Valenciana, establece como uno de los objetivos primordiales, el desarrollo de viviendas de protección pública, principio inspirador que se recoge en el presente Plan Parcial de Mejora, al objeto de dar cumplimiento a la previsión legal expresada en mencionada disposición legal, al comprometerse el urbanizador a programar 414 viviendas de protección pública, con las mejoras bioclima ticas que se relacionan en la memoria que se adjunta.

  El Plan Parcial de Mejora que nos ocupa es de los previstos en el apartado B del artículo 60 del Reglamento de Planeamiento, Decreto 201/1998 de 15 de diciembre.

El ámbito del Plan Parcial de Mejora se ciñe al ámbito del Sector 12-SU-R delimitado por el Plan General de Ordenación Urbana de Castellón y la modificación sexta del mismo aprobada provisionalmente en sesión plenaria de 24 de junio de 2004.

1.2. Contenido y determinaciones

"El presente Plan Parcial de Mejora está compuesto por los siguientes documentos:

Parte sin eficacia normativa:

Documento de información: Memoria y Planos.

Memoria Justificativa.

Parte con eficacia normativa:

Normas urbanísticas.

Planos de ordenación.

Las determinaciones del Plan Parcial de Mejora se ajusta a lo establecido en el artículo 63, siguientes y concordantes del Reglamento de Planeamiento. Así como al cumplimiento de los estándares establecidos en el Anexo del citado Reglamento.

En cuanto a la delimitación de Unidades de Ejecución para el desarrollo posterior se fija una única Unidad de Ejecución que abarca la totalidad del Sector.

1.3. Alcance del Plan Parcial de Mejora

El ámbito del Plan Parcial de Mejora es el Sector 12-SU-R del Plan General de Ordenación Urbana de Castellón y la modificación sexta del mismo, aprobado provisionalmente el día 24 de junio de 2004.

2 OBJETIVOS Y CRITERIOS DE LA ORDENACIÓN

A) SOLUCIÓN PROPUESTA.INTEGRACION y FUNCIONAL/DAD

El Plan General ya señala algunos elementos de ordenación pormenorizada, que junto con la ordenación estructural que afecta al ámbito del Plan Parcial de Mejora condicionan en gran manera la ulterior ordenación pormenorizada.

En el nivel de la ordenación estructural los viales perimetrales definen la circulación de Oeste a Este y de Norte a Sur, no suponiendo afección alguna para la ordenación propuesta el encauzamiento previsto del Barranco del Sol, sin que concurran otros factores adicionales, además del grado de consolidación que presenta el Sector, en relación a la ordenación pormenorizada que se propone.

El Plan General y la modificación sexta del mismo, han resuelto la conectividad Oeste Este, a través de la Cuadra del Borriolech y Cuadra Segunda, que se constituyen en dos ejes fundamentales de la zona en la que se ubica el Sector, creándose en la ordenación pormenorizada un vial amplio central paralelo a los anteriores que vertebra el Sector y sirve de conexión entre el Grupo San Marcos y la calle Collet.

En cuanto a la conectividad Norte-Sur, el planeamiento general crea una vía de conexión con el Sector 27 por el límite Este del Sector, el cual se ve suplementado con tres viales diseñados que conectan la Cuadra Borriolech con la Cuadra Segunda o del Jefe.

Esto colabora por una parte a conectar los Sectores destinados a la promoción de viviendas de protección oficial con el resto de la ciudad y por otra, a definir una malla urbana, en la que se potencia la calidad de vida, en viviendas unifamiliares aisladas, adosadas y en hilera, consiguiéndose la integración de las edificaciones preexistentes y que se mantienen con las edificaciones de obra nueva, lo que provocará un efecto mimético en relación a las edificaciones preexistentes.

La ordenación pormenorizada que nos ocupa, consistirá pues básicamente en ordenar la zona de uso residencial, así como en zonificar los distintos usos dotacionales (públicos y privados), dota a todas ellas de unos espacios libres distribuidos en el Sector, con el fin de conseguir la plena integración de los enclaves consolidados en la futura urbanización.

Zona residencial

El Plan General establece una edificabilidad de 0'4 m2t1m2s para este Sector con un número máximo de 1.412 viviendas exigiendo que la tipología sea de unifamiliar aislada, adosada o en hilera; en la Alternativa planteada no se consume el número máximo de viviendas permitido por la ficha urbanística del Sector 12, al objeto de, con la misma edificabilidad, realizar unifamiliares mas grandes, eso si dentro de los 90 m2 útiles máximos permitidos por la legislación de vivienda de protección publica, con el propósito de reducir el numero de viviendas a programar, alcanzando con ello técnicamente el mantenimiento del mayor numero posible de viviendas existentes y, adecuar la normativa urbanística a los núcleos de viviendas consolidadas que existen.

El Plan Parcial de Mejora al considerar el terreno neto resultante para la edificación de viviendas en relación con la densidad prevista considera que la tipología que hace viable el mantenimiento de estos estándares es la vivienda unifamiliar en hilera.

Además, debe resaltarse que con el fin de acomodar las edificaciones preexistentes y declarar su plena compatibilidad con la urbanización y con la normativa, se han definido manzanas y submanzanas con distintas tipologías (UFA o UFH), con el fin de evitar que las edificaciones que se mantienen, puedan encontrarse en la situación de fuera de ordenación diferida

Con este criterio se han proyectado diversos viales con anchuras diferentes, al objeto de establecer una zonificación coherente y compatibilizar las nuevas edificaciones con las preexistentes, creando una trama viaria razonada y adecuada a las peculiaridades que presenta el Sector.

Las diferentes anchuras de los viales, no impiden una adecuada utilización viaria de los mismos, sino que sirven de acceso a las viviendas sitas en las manzanas, habiéndose diseñado cuatro viales que cruzan el Sector de Norte a Sur y sobre los que se vertebra dicha conexión y un vial central, al que se une un corredor verde que comunica de Sur a Norte el Sector y que sirve de eje, junto con la Cuadra Segunda o del Jefe y Cuadra Borriolech de eje de comunicación a las zonas dedicadas a vivienda, lo que permite resolver con éxito las peculiaridades que se presentan en el Sector.

Llegados a este punto, debe incidirse en que las 414 viviendas de protección pública, cuyo compromiso es asumido por el urbanizador, contienen una serie de mejoras evidentes, como es el tratamiento bioclima tico, que puede observarse en la memoria que se acompaña en la que se expresan con claridad en que consistirán, lo que permite afirmar una mayor calidad de vida a las personas que las ocupen.  

A su vez, la disposición de las viviendas, permite por un lado el mantenimiento y adecuación de las viviendas preexistentes y por otro crear viviendas pasantes, de la tipología que se acompaña, con buenas condiciones de soleamiento y.. ventilación, contando con espacios libres privados y comunitarios, dedicados estos últimos a zonas verdes en las que se ubican diferentes usos comunitarios, como piscina, espacios polideportivos y áreas de juego, tanto en las viviendas libres como en las de protección pública.

La configuración de las manzanas en las que se ubican las viviendas libres, también permite la creación de espacios comunitarios, cuyo destino vendrá dado en función de los deseos del proyectista y constructor.

Los viales proyectados son suficientes para el tráfico local, si bien al exigir retranqueos a cada lado provocan la aparición de viales (visualmente hablando) más amplios, si tenemos en consideración la altura de las edificaciones.

Por otro lado, los viales diseñados en los enclaves consolidados, tienen por objeto la adecuación de las viviendas preexistentes a la normativa y, consecuentemente, la regeneración de los mismos, por el efecto mimético que provocará la completa urbanización del Sector y la edificación de nuevas viviendas en hilera.

Zona dotacional

El Plan General de Ordenación urbana y la modificación sexta del mismo, no contempla la ubicación de dotaciones públicas

La ordenación pormenorizada ha contemplado la ubicación de una parcela destinada a equipamiento en la zona central del Sector y en un enclave con accesos a través de los ejes vertebradores del Sector, al objeto de facilitar su acceso por todas las personas que residan en el mismo, lo que potencia la integración del mismo en la nueva ordenación pormenorizada creada.

Respecto de las zonas verdes, se han creado cuatro zonas verdes, amplias y distribuidas de manera proporcional a lo largo y ancho del Sector, al objeto de que la calidad de vida que dota dicho dotacional a las edificaciones sitas en el entorno se vean favorecidas por igual.

Además, se han creado dos corredores verdes, uno de los cuales discurre al lado del eje central que cruza el Sector de Oeste a Este con el fin de crear un espacio que favorezca el paseo de los habitantes del entorno y el otro en la manzana Norte del Sector, al objeto de crear un espacio más amplio y dotar de mayor calidad al entorno.

Ello supone aumentar en 8.866,98 metros cuadrados los espacios libres del Sector, aun cuando no sean computables para el cumplimiento de los estándares mínimos, tal y como establece el borrador del Anteproyecto de la nueva Ley Urbanística Valenciana.

B) ADECUACIÓN A LA ORDENACIÓN ESTRUCTURAL

. Directrices definitorias de la estrategia de evolución urbana V de ocupación del territorio.

Los grupos periféricos fueron urbanizados y dotados de los servicios necesarios a primeros de los años 80 y en Plan General de Ordenación Urbana de Castellón de 1.984 destacaba como uno de los objetivos principales la integración urbana de los mismos.

De ese modo, conforme a lo previsto en el artículo 17 de la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística, las directrices definitorias de la estrategia de evolución urbana y de ocupación del territorio, debiéndose centrar en la obtención de suelo dotacional y crear la oportuna trama urbana para su completa integración.

Como se ha indicado, la delimitación del Sector 12-SU-R se contiene en la modificación sexta del propio Plan General de Ordenación Urbana, la cual no se varía en la presente actuación, conformando parte de la estrategia de evolución urbana y de ocupación del territorio diseñada por el anterior y vigente Plan General de Ordenación Urbana de Castellón.

Al hilo de lo anterior, debe señalarse que en el presente caso, se muestra de manera evidente que al objeto no dejar bolsas de suelo urbanizable sin desarrollar, se convierte en necesaria la urbanización del total ámbito del Sector, al objeto de que el crecimiento de la ciudad sea homogéneo y, consecuentemente, el Sector 27 creado por la modificación sexta del Plan General de Ordenación Urbana de Castellón, se integren en la malla urbana y el Sector 12 sirve de conexión para el Sector 27 y para el Sector 13 ya presentado, por cuanto se pueden acometer las obras de infraestructura de manera simultánea, permitiendo una calidad superior de la ejecución.